domingo, 19 de abril de 2009

Practicas desleales de comercio

domingo, 19 de abril de 2009
Dentro de comercio existen unas practicas que pueden afectar a una sector productivo de algun pais esto se conoce como Dumping o practicas desleales de comercio , según la ley de comercio en su titulo 5to indica que se consideran prácticas desleales de comercio internacional a la importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones en el país exportador. Para combatir estas prácticas la ley impondrá a las personas físicas o morales importadores en estas condiciones pagar cuotas compensatorias conforme lo dispuesto en esta ley.
El articulo 29 manifiesta que para determinar la existencia de discriminación de precios o subvenciones del daño será necesario realizar una investigación conforme a los procedimientos administrativos previstos en esta misma ley, la prueba de daño se otorgara siempre y cuando el país de origen o de procedencia con el que se trate exista reciprocidad de lo contrario la misma secretaria pordar imponer cuotas compensatorias sin necesidad de determinar la existencia de daño

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